P. ¿Cómo puedo conseguir más información
sobre las primas de mi póliza?
R. Si desea más información que la que esta sección
ofrece sobre las primas de las pólizas, acuda a la Página
de Facturacion de Primas haciendo clic aquí.
P. ¿Qué valor en efectivo tiene la póliza?
R. Esta pregunta no puede contestarse definitivamente. En muchas pólizas,
el valor en efectivo que pudieron haber tenido se ha utilizado para pagar
las primas, de manera que el monto fluctúa constantemente.
P. ¿Es posible que cambie la cantidad nominal de la póliza?
R. Es posible, en algunos casos, que el valor nominal de la póliza
llegue a disminuir o hasta que se pierda por completo, de manera que pudiera
usted perder toda su inversión o parte de ella.
P. ¿Por qué no sigue pagando el Síndico las
primas de todas las pólizas que los inversionistas conservan hasta
que éstas se venzan?
R. El Tribunal ha dispuesto que todos los inversionistas tienen la responsabilidad
de pagar las primas de las pólizas a fin de mantener sus intereses.
P. Según mis documentos, tengo que pagar mi prima, pero no
he recibido la factura. ¿Qué debo hacer?
R. El Síndico está formulando los ciclos de facturación
y continúa pagando las primas de todas las pólizas hasta que
esos ciclos queden establecidos. En ese caso, se le facturará por
el período comprendido entre la fecha de comienzo de la obligación
de pagar primas y la fecha de aniversario de su póliza. El no pagar
oportunamente las primas tendrá como resultado la pérdida
de su interés en la póliza.
P. ¿Cuánto tiempo tendré la obligación
de pagar las primas correspondientes a una póliza que se ha conservado?
R. Su obligación de pagar las primas y los costos de adminstración
de la póliza continuará hasta que la póliza venza,
y la póliza pudiera no vencer por muchos años.
P. ¿Pudieran aumentar mis primas?
R. A menos que su póliza sea del tipo llamado whole-life, los costos
anuales de las primas pudieran aumentar apreciablemente todos los años
hasta que la póliza llegue a su término; no hay manera de
calcular cuánto pudieran aumentar las primas hasta que la póliza
llegue a su término. En el caso de las pólizas del tipo conocido
como universal, VSI, por intermedio de las distintas compañías
de seguro, ha proyectado un lapso de cinco años en que las primas
no aumentarán (comienzos de 2007). Una vez terminados los cinco años,
se formulará una nueva proyección.
P. ¿Es responsabilidad exclusiva mía la totalidad
del monto de la prima que se indica en mi Hoja de Detalles de la Póliza?
R. Si en su Hoja de Detalles de la Póliza aparece el monto de la
prima, ése es el monto total anual a que se espera actualmente que
ascienda la prima de la póliza. Esta cantidad pudiera cambiar, según
ha quedado dicho en la respuesta a la pregunta anterior. Usted tendrá
la responsabilidad de pagar únicamente su parte alícuota de
esa cantidad, de acuerdo con su porcentaje de interés en la póliza,
además de los otros costos administrativos que se explican en el
aviso.
P. ¿Por qué aparece el número de inversionistas
en mi Hoja de Detalles de la Póliza?
R. Es importante entender que mientras mayor sea el número de inversionistas
en su póliza, mayor es el riesgo que tiene que afrontar usted, porque,
si antes de llegar la póliza a su término algún inversionista
dejara de pagar oportunamente las primas que hay que pagar y los demás
inversionistas no asumiesen la obligación de pagar esa obligación
prorrateada del inversionista que no h pagado, la póliza pudiera
venderse. Y de no ser posible venderla, se la pudiera entregar a la compañía
de seguro y pudiera perder usted toda su inversión.
P. ¿Cómo se determinará mi parte alícuota
de los costos?
R. La cuota inicial anual prorrateada de $195.00 por póliza ha quedado
eliminada. Cada inversionista pagará ahora una cuota fija de $240.00
por conceptos de gastos de administración de su póliza. A
los inversionistas en países extranjeros se les cobrará un
ligero recargo para sufragar los costos adicionales de franqueo. Estos costos
pudieran cambiar en un futuro.
P. ¿Se está supervisando la situación de los
distintos asegurados?
R. VSI se esfuerza constantemente por supervisar la situación de
todos los asegurados. Cuando se presenten reclamaciones al acaecer el deceso
de los asegurados, los inversionistas serán notificados.
P. ¿Por qué no puedo conseguir los expedientes médicos
actuales del asegurado? ¿Habrá actualizaciones médicas
en un futuro?
R. El Síndico no tiene expedientes médicos actuales ni tampoco
se propone obtener expedientes médicos actualizados. La experiencia
nos enseña que el costo de obtener expedientes médicos es
de unos $300 por asegurado, aproximadamente, cada vez que se solicitan esos
expedientes, sin incluir el costo del personal que se dedica a esta tarea.
Con más de 7,000 asegurados, el costo de obtener esos expedientes
médicos pasaría de $2,000,000. Esta cifra se encuentra fuera
de las posibilidades de la Sindicatura. Además, los expedientes médicos
constituyen información médica confidencial de los asegurados,
amparada por leyes y reglamentos federales de privacidad. Muchos de los
asegurados no están obligados a facilitar información médica,
y la experiencia también nos enseña que por lo general son
renuentes a hacerlo. La experiencia que hemos tenido indica que, por muchos
esfuerzos que se hagan y mucho dinero que se gaste, es poco probable que
Mutual Benefits Corporation reciba expedientes médicos actualizados
de más del 60% de los asegurados.
P. ¿Es posible que la póliza llegue a su término
y que no nos enteremos?
R. En ciertos casos no es posible localizar al viaticador, y la póliza
pudiera llegar a su término sin que nadie se enterase. VSI hace todo
lo posible por mantenerse al tanto de todos los asegurados. Es posible,
no obstante, que no se logre localizar a un asegurado o que no se informe
sin demora a VSI del deceso de algún asegurado.
P. ¿Por qué son tan altas las cuotas de VSI?
R. Administrar pólizas y prestar servicio eficiente a los clientes
es tarea que exige mucho tiempo y trabajo. Esos servicios ameritan las cuotas
que se cobran. Las cuotas que VSI cobra son comparables con las de otras
empresas del giro.
P. ¿Qué sucede si la compañía de seguro
se niega a pagar beneficios al ocurrir el deceso del asegurado?
R. Si la compañía de seguro se niega a pagar beneficios al
llegar la póliza a su término, pudiera usted perder su inversión,
en todo o en parte.
P. ¿Qué medidas está tomando el síndico
para proteger mi inversión?
R. A menos que el tribunal le dé otras instrucciones, y únicamente
cuando se las dé, el síndico está --y seguirá--
pagando todas las primas de seguro que se venzan. Ninguna póliza
ha caducado desde que
se institituyó la sindicatura.
P. ¿He perdido mi inversión? ¿Cuánto
voy a recuperar?
R. Es demasiado pronto todavía para saber si algunos inversionistas
han sufrido pérdidas. Muchas de las pólizas pudieran valer
bastante menos de lo que usted pensó cuando invirtió en ellas.
P. Mi inversión está empantanada en la Sindicatura.
¿Puedo considerarla como pérdida a los efectos de mi declaración
de impuestos?
R. El Síndico no puede ofrecer asesoría fiscal a los inversionistas.
P. Si un inversionista se muda o si hubiera cambios relacionados
con la manera de comunicarse con él, ¿a quién deben
comunicársele esos cambios y de qué manera?
R. Sírvase hacer llegar toda esa información relativa a cambios
a Viatical Services, Inc., 43 South Pompano Pkwy., PMB #112, Pompano Beach,
Florida 33069, utilizando para ello el modelo de Cambio de Dirección
que aparece en la página principal de este sitio en la Internet.
Los inversionistas también pueden comunicarse con el Departamento
de Servicio al Cliente de VSI llamando al (954) 582-0220. Haga Click
aqui para obtener el ultimo aviso a los inversionistas relativo a cambios
de beneficiarios.
P. Estoy asegurado y deseo recibir el reintegro de mi prima. ¿Cuándo
me llegará el cheque?
R. El Síndico está efectuando reembolsos a todos los asegurados
que están esperando cheques en estos momentos. Sírvase seguir
llamando al encargado de su caso en VSI para cerciorarse de que VSI ha recibido
toda la documentación necesaria (es decir, el talón del cheque
de pago, el extracto o estado de cuenta de la anualidad).
P. ¿Debo contratar un abogado?
R. Usted siempre puede, desde luego, consultar con su propio abogado. El
síndico, con la autorización del tribunal, investigará
las posibles reclamaciones de los inversionistas o los métodos de
recuperación de que éstos pudieran disponer.
Recomendamos que visite usted periódicamente la página de
Internet www.mbcreceiver.com o la sección de Respuestas a Preguntas
Frecuentes ya que ambas se actualizarán regularmente a medida que
vayamos disponiendo de más información.
P . Mi póliza ha vencido. ¿Cuándo puedo esperar mi
cheque con los beneficios pagaderos?
R. El trámite puede durar varios meses. Pero recibirá
usted intereses sobre el monto de su porción de los beneficios durante
el período comprendido entre la fecha del deceso del asegurado y
el momento en que reciba usted su pago.
P. Soy inversionista de los EE.UU. ¿Se retendrán impuestos
sobre los beneficios pagaderos por la póliza?
R. No. Después de darnos usted un número de identificación
fiscal de EE.UU. en su formulario W-9, no estamos obligados a retener en
la fuente fondos del pago de sus beneficios. Recibirá usted, eso
sí, formularios 1099 que recogen la utilidad de su inversion y los
intereses recibidos.
P. ¿Puedo averiguar si se ha vendido una póliza en
particular?
R. Antes de iniciarse el trámite de venta, el Síndico
notificará a cada inversionista que tenga un interés en una
póliza que vaya a venderse. Los inversionistas también pueden
acudir a la página en la internet y activar el enlace del 9 de agosto
de 2007 titulado “Pedimento
del Síndico de Aprobación de las Ventas de Pólizas,
acompañado de Memorial de Derecho y otros documentos” o
el enlace del 26 de septiembre de 2007 titulado “Mandamiento
que Concede el Pedimento del Síndico de Aprobar la Venta de Pólizas
“Puja 2,” Carteras 1, 2 y 4). Las distintas pólizas
que integran cada cartera se enumeran al final de cada documento.
P. ¿Qué puedo esperar recibir si se vende mi póliza?
R. Los inversionistas cuyas pólizas sean vendidas pueden esperar recibir un 9%, aproximadamente, del monto de su inversión original, suma ésta que se les pagará de los $18,000,000 que se recibieron por concepto de la venta de sus pólizas.
P. ¿Puedo utilizar el valor en efectivo que hay en la póliza
para pagar mis primas?
R. No, los inversionistas, ya sea individual o conjuntamente, tendrán
acceso al valor en efectivo que la póliza pueda tener para cualquier
propósito, inclusive el pago de las primas que haya que pagar.
P. ¿Qué sucede si alguno de los otros inversionistas
en mi póliza no paga puntualmente alguna de las primas que deben
pagarse?
R. Si en algún momento antes que la póliza llegue a su término
usted, o cualquier otro inversionista que haya conservado su interés
en ella, dejara de pagar las primas y los demás inversionistas no
corrieran con esos pagos de las primas, la póliza pudiera venderse;
en caso de que no fuera posible venderla, se la pudiera entregar a la compañía
de seguro y usted pudiera perder toda su inversión. Los inversionistas
que no paguen habrán perdido su interés. El Síndico
pudiera ofrecer a terceros la venta de intereses fraccionarios en las Pólizas
Conservadas e insuficientemente suscritas, o de grupos de dichos intereses
cuyas primas no se hayan pagado valiéndose de un trámite abreviado
de subasta.
P. ¿Cuánto tiempo estará vigente la obligación
diferida de pagar primas?
R. No hay garantía de cuánto tiempo la obligación diferida
de pagar primas pagará las primas o reducirá el costo de éstas.
Se estima que la obligación diferida de pagar primas terminará
en la fecha que MBC dio como esperanza de vida del asegurado o en la fecha
en que se agote el valor en efectivo que la póliza pudiera tener,
escogiéndose entre ambas fechas la que cayese más tarde. La
fecha en que se estima comenzará el pago de las primas es la que
se ha indicado en su Hoja de Detalles de la Póliza. Si su póliza
se beneficia de un desistimiento de primas, debe consultar usted la nota
que aparece al pie de la página en su Hoja de Detalles de la Póliza.
P. ¿Tiene VSI que cobrar honorarios administrativos?
R. Atender a las pólizas y a los clientes como es debido es tarea que consume mucho tiempo y trabajo. Los servicios que se prestan justifican plenamente los honorarios que se cobran. Los honorarios que cobra VSI son comparables a los de otras empresas del ramo. Sírvase consultar el Documento Judicial fechado el 18 de junio de 2008, que contiene el INFORME DEL SINDICO A LOS INVERSIONISTAS SOBRE LOS HONORARIOS ADMINISTRATIVOS QUE SE LES COBRAN.
P. ¿Por qué me está cobrando el Síndico primas desde 2006 hasta 2009?
R. El Síndico comenzó a pagar las primas de las pólizas el 30 de junio de 2006. En algunos casos, los inversionistas deben reintegrarle al Síndico las primas que se adelantaron con el fin de impedir la caducación de las pólizas. Las primas futuras se facturan según la fecha de aniversario de las pólizas, lo que en algunos casos pudiera requerir pagos correspondientes a 2009.
P. Mi entendimiento era que no yo no tenía que pagar las primas de la póliza antes de llegar a la fecha de esperanza de vida. ¿Por qué se me hace llegar una factura por esta póliza antes de llegar a la fecha de esperanza de vida?
R. La Sindicatura tiene que facturarles las primas de las pólizas por adelantado a los inversionistas para poderle pagar oportunamente a la compañía de seguro la prima correspondiente. Teniendo presente que el Síndico está pagando la prima de la póliza por el período anterior a la fecha de esperanza de vida, es posible que la factura comprenda un período anterior a la fecha de esperanza de vida, pero la factura se ha prorrateado de manera tal que los inversionistas paguen únicamente la prima correspondiente al período que sigue a la fecha de esperanza de vida.
P. ¿Qué puedo esperar del trámite de Reclamaciones?
R. El 21 de octubre de 2008 el juez decidió que todos los inversionistas reclamantes recuperarán montos prorrateados de los fondos correspondientes a “activos recuperados”. Suponiendo reclamaciones por un total de unos $774,000,000, y activos repartidos entre todos los reclamantes que, en estos momentos, ascienden a unos $74,000,000, la cantidad que se recibirá por concepto de las reclamaciones debe ser de un 10%, aproximadamente, del monto invertido originalmente. Como es lógico, las cantidades exactas dependen por completo del plan definitivo de reparto y de los montos que finalmente puedan repartirse.
P. ¿Cuándo puedo esperar recibir los fondos?
R. Supeditado a las dificultades imprevistas que pudieran presentarse, el Síndico tiene el propósito de concluir la repartición de los fondos en el año 2009 y, de ser posible, a comienzos de 2009.
P. ¿Cuáles fueron los resultados de la audiencia que el tribunal celebró el 21 de octubre de 2008?
Puede consultar usted los resultados de esta audiencia judicial en la sección de Documentos Judiciales [Court Documents] de la página web. La fecha de entrada de este documento es el 23 de octubre de 2009.